Aliado en energía solar

Modo de cooperación 1:

Nuestra contraparte invierte en la obra, firma un acuerdo con HLD en la etapa de planeación o construcción. La central eléctrica se entregará al inversionista cuando sea completada y gozará los derechos y beneficios de propiedad de dicha central.


Modo de cooperación 2:

Ambas partes invierten el monto de acuerdo al contrato firmado, y los ingresos generados por la central eléctricase se dividen según estipulado.


Modo de cooperación 3:

La Parte B invierte y la Parte A proporciona el espacio para la construcción de la obra. Una vez que la central eléctrica se ponga en funcionamiento, la Parte B vende electricidad a la Parte A al 90% del precio local de la electricidad. La propiedad de la central eléctrica pertenece a la Parte B después de 20 años.


Modo de cooperación 4:

Otras propuestas